De conformidad con el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 79 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, 44 y 45 de la Ley del Agua para El Estado de Jalisco y sus Municipios, y 94 de la Ley del Gobierno y Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, los ayuntamientos  tienen a su cargo los servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales.

 

El Honorable Congreso del Estado de Jalisco, aprobó la Ley del Agua para el Estado de Jalisco y sus Municipios el día 31 de enero del año 2007, misma que entró en vigor el 25 de febrero del mismo año. En la citada Ley, se establece que para la prestación de los servicios mencionados en el párrafo anterior, los Municipios están facultados para constituir organismos operadores descentralizados Municipales, y que deberán expedir los Reglamentos relativos a la prestación de dichos servicios.

Con fecha 22 de noviembre del 2013, se publica el Decreto 24673, mediante el cual se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley del Agua, ratificando la facultad de los Municipios para proporcionar los servicios de Agua a través de Organismos Operadores, y la obligación de reglamentarlos, además de fijar las bases para la integración y operación de la Comisión Tarifaria.

 

Con fecha 27 de marzo del 2008, el H. Ayuntamiento Constitucional de Tapalpa, Jalisco, Jalisco, aprueba la creación del Organismo Público Descentralizado Municipal, denominado Sistema Integral del Agua Tapalpa (SIAT), para la  prestación de los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición final de sus aguas residuales en el Municipio.  

 

Asimismo, el día 25 de septiembre del 2014, conforme lo ordena el artículo 85-Bis de la vigente Ley del Agua, el H. Ayuntamiento aprueba por el Reglamento para la prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento. En dicho Reglamento, actualiza las normas orgánicas del SIAT, establece las disposiciones para integrar y operar la Comisión Tarifaria, integra las disposiciones que regulan la prestación de los servicios públicos, contiene los derechos y obligaciones del prestador de servicios y de los usuarios, así como los mecanismos para la aplicación y cobro  de las cuotas y tarifas que sean determinadas por la Comisión Tarifaria.